null PSN lanza ‘Calidad de Vida’, seguro de Dependencia

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PSN lanza ‘Calidad de Vida’, seguro de Dependencia

Puede suscribirse hasta los 70 años y el contrato es anual renovable hasta los 85

Madrid, 11 de diciembre de 2012

Previsión Sanitaria Nacional (PSN) ha lanzado PSN Calidad de Vida, un seguro de dependencia destinado a cubrir las necesidades del mutualista que, por cualquier motivo, sea declarado como dependiente severo y/o gran dependiente. Este nuevo producto puede ser suscrito entre los 30 y los 70 años, y la duración máxima del contrato alcanza los 85. Las edades de cobertura son una de las grandes ventajas de PSN Calidad de Vida, puesto que la mayoría de seguros del mercado limitan en mayor medida la suscripción y duración del mismo.

Al sobrevenir la declaración de dependencia, sea esta severa o gran dependencia, el mutualista percibirá una renta mensual vitalicia. Dicha renta puede contratarse igualmente de dos formas: constante o revalorizable un 2 por ciento anual, para evitar la pérdida de valor derivada del incremento del coste de la vida. Otra de las ventajas de PSN Calidad de Vida es que garantiza al beneficiario preferencia en la asignación de plaza en las residencias o Gerhoteles del Grupo  o en aquellos otros establecimientos hoteleros o residenciales con los que la Mutua tenga acuerdos o conciertos para este tipo de servicios. A ello se une que los beneficiarios del seguro contarán con descuentos sobre las tarifas oficiales de los gerhoteles de PSN que estarán entre el 5 y el 8 por ciento en función del capital asegurado.  Además, el primer pago de la renta vitalicia será del triple de su cuantía, para ayudar a afrontar los posibles gastos iniciales de la nueva situación.

De otro lado, PSN Calidad de Vida garantiza el cobro de una anualidad completa de renta en caso de fallecimiento del asegurado una vez declarado dependiente. Asimismo, el nuevo seguro de PSN posee cobertura por fallecimiento, hasta la posible declaración de dependencia, concretamente un capital de mil euros por cada mil de renta, con una revalorización del 5 por ciento anual.

Ventajas fiscales

Las primas satisfechas en este tipo de seguros tienen el mismo tratamiento fiscal que los planes de pensiones y los de previsión asegurado (PPA). Así, permiten reducir la base imponible del contribuyente con el límite de 10.000 euros anuales y 12.500 para los mayores de 50 años. A ello, añaden la posibilidad de minorar la base imponible, siempre dentro de los límites mencionados, por las aportaciones realizadas a favor de familiares con parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, el cónyuge o las personas que lo tengan a su cargo en régimen de tutela o acogimiento. Gracias a las aportaciones a este producto un profesional puede ahorrar hasta 6.500 euros anuales en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

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