Reglamento del Consejo de Administración

Título V. Responsabilidad de los Consejeros

Artículo 18. Responsabilidad de los Consejeros.

La responsabilidad de los Consejeros se regirá por lo establecido en la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, la ley de Sociedades Anónimas y demás leyes aplicables. La Entidad tiene contratado un seguro de responsabilidad civil para los Consejeros y altos directivos.


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